Embarcaciones de placer:
Todas aquellas embarcaciones de uso
particular con fines de placer o deporte,
incluyendo embarcaciones de vela que
compitan en regatas sin fines de lucro.
(ver embarcaciones que quedan excluídas,
caso de: aquellas utilizadas con fines
de lucro, como vivienda permanente,
hidropedales, botes de remo).
La embarcación estará
cubierta durante el período
de:
Equipamiento, Aparejamiento, durante
el desarme, mientras se encuentre
en:
navegacion, en puerto, darsenas, Astilleros,
Dique de carena, Flotando o en seca,
guarderías, incluídas
las operaciones de sacada a tierra
y botadura en cualquier lugar y circunstancia,
con facultad para navegar con y sin
prácticos, de efectuar viajes
de prueba, de asistir y remolcar embarcaciones,
o ser remolcado.
Cobertura mixta
combinando períodos de navegación
y períodos de guardería.
Vigencia de certificado de navegabilidad
emitido por P.N.N. en caso de requerir
de acuerdo a las normativas vigentes
de PNN (tonelaje, bandera, etc.).
Nota: caso de remolque
con trailer, el mismo, debe pertenecer
a la misma compañia de seguros
(consultenos)..
Recuerde, en Patri Seguros,
le aseguramos su tranquilidad, siempre!!
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